Teniendo en cuenta el plan de vacunación contra el COVID-19 que se está implementando, y ante la masiva inasistencia de los adultos mayores a 75, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), previendo la inasistencia de muchos trabajadores a sus puestos de trabajos el día agendado para la vacunación, emitió una resolución (RESOLUCIÓN MTESS 623/2021) por la cual se establece un régimen excepcional de licencias para la vacunación contra el COVID, tanto de trabajadores del sector privado o para acompañar a los adultos mayores que dependen de ellos.
Esta licencia, que es REMUNERADA, se incorpora al artículo 62 del Código Laboral Paraguayo, inciso h) la que reza como obligación del empleador conceder licencia al trabajador para cumplir sus obligaciones personales impuestas por leyes o disposiciones gubernativas, pero asimismo, el empleador no está obligado a reconocer por estas causas, más de dos días remunerados en cada mes calendario, y en ningún caso más de quince días en el mismo año.
Para acceder a dicha licencia, el trabajador debe solicitar por escrito al empleador, quien deberá concederle por escrito y comunicar dentro de los 30 días hábiles a la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.