Plazo y modalidad de presentación de planillas laborales del período 2024 según la Resolución N° 69/2025

1. Introducción

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) emitió la Resolución N° 69/2025, mediante la cual se establece el plazo para la presentación de las planillas laborales correspondientes al Ejercicio Fiscal 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Anexo al Decreto N° 1989/2024.

De acuerdo con esta disposición, los empleadores deberán presentar las planillas laborales entre el 1 de marzo y el 19 de mayo de 2025.

2. Modalidad de Presentación

La presentación de las planillas laborales deberá realizarse exclusivamente a través del Sistema Informático REOP, disponible en línea en el portal web del MTESS. Esta obligación aplica a todos los empleadores registrados en el Registro Obrero Patronal que cuenten con al menos un trabajador registrado en el sistema y que hayan realizado movimientos de entrada y/o salida de trabajadores durante el ejercicio fiscal 2024.

Quedan excluidos de esta obligación aquellos empleadores que no registraron trabajadores activos durante el periodo mencionado.

3. Calendario de vencimientos

Terminación número patronalVencimiento
0Viernes, 2 de mayo de 2025
1Lunes, 5 de mayo de 2025
2Martes, 6 de mayo de 2025
3Miércoles, 7 de mayo de 2025
4Jueves, 8 de mayo de 2025
5Viernes, 9 de mayo de 2025
6Lunes, 12 de mayo de 2025
7Martes, 13 de mayo de 2025
8Viernes, 16 de mayo de 2025
9Lunes, 19 de mayo de 2025

4. Naturaleza jurídica y consecuencias del incumplimiento

Las planillas laborales presentadas tendrán carácter de declaración jurada del empleador. 

En consecuencia:

• Una vez presentadas, no podrán ser modificadas, salvo en caso de inconsistencias detectadas por el MTESS.

• El Ministerio podrá requerir información adicional a la patronal en caso de errores o discrepancias.

• La falta de presentación dentro del plazo y bajo la modalidad establecida será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Anexo al Decreto N° 1989/2024.

Para más información, favor dirigirse a Jorge Peralta: jorge.peralta@berke.com.py y/o Hugo Aponte: hugo.aponte@berke.com.py y/o Mauricio Ozuna: mauricio.ozuna@berke.com.py