Con el objetivo de establecer un marco de funcionamiento acorde con los avances legales y tecnológicos, el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) autorizó, a través de la Resolución N° 29.847/2024, dictada el pasado 7 de noviembre, el uso de firmas y documentos electrónicos en la gestión de servicios para las entidades cooperativas que operen regularmente, previa autorización de dicha entidad.
De acuerdo con la normativa, esta medida busca modernizar el sector cooperativo mediante la simplificación de sus procesos a través de la implementación de la firma electrónica y demás servicios de confianza establecidos en la Ley N° 6822/2021, “De los Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas, del Documento Electrónico y los Documentos Transmisibles Electrónicos”. Con ello, se pretende promover una gestión documental y transacciones electrónicas seguras que optimicen tiempos y costos, alineadas con prácticas nacionales e internacionales de digitalización.
La resolución también permite que los expedientes consten en formato digital, y que cada entidad cooperativa utilice los métodos que tenga disponibles para integrar el expediente de crédito digital. Para más información, favor dirigirse a Milena Sljivich: milena.sljivich@berke.com.py y/o Claudia Figueredo: claudia.figueredo@berke.com.py